Liquidación de contratos de fiscalización de obra
VZO Abogados patrocinó el juicio contencioso administrativo 2023-00267. El Tribunal se pronunció, acertadamente, sobre la cláusula de forma de pago del contrato de fiscalización de obra y su liquidación final, manifestando:
“(...) 8.14 Más como se indicó la ejecución de la obra no avanzó conforme lo planificado y las planillas de fiscalización mensuales daban unos valores muy bajos, por tanto, con el objeto de honrar el principio de equilibrio económico del contrato y de que no existe trabajo gratuito, conforme el artículo 66 numeral 17 de la CRE, para efectos de la liquidación económica se deberá verificar que en el período que cumplió sus funciones de fiscalizador, se atendieron a las obligaciones que durante cada una de las fases se debían satisfacer, contando con el personal técnico comprometido.
(...) estableciéndose cuáles fueron los servicios mensuales efectivamente prestados por la fiscalización durante el plazo contractual, debidamente comprobados y los gastos efectivamente realizados y justificados, el anticipo entregado y las planillas canceladas para determinar el monto final de la liquidación.”
De esta manera, hemos conseguido el restablecimiento del equilibrio económico del contrato de fiscalización de obra.
Abg. Paúl Vázquez Ochoa